CIDEU
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Para asociarse
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Para asociarse
¿Quién puede asociarse?
¿Qué ofrece CIDEU?
Beneficios de formar parte de CIDEU
¿Cómo asociarse?
Sr. Xavier TRIAS. Alcalde de Barcelona (España) o Sra. Maravillas ROJO. Secretaria General de CIDEU
Passeig de Sant Joan, 75, 2a. planta
08009 Barcelona, España
Modelo carta de solicitud
¿Cómo puede calcular la cuota anual?
Pueden ser miembros de pleno derecho de CIDEU, las municipalidades o entidades públicas que promuevan y realizan acciones de planificación estratégica urbana, o las que tengan la voluntad de iniciar ese proceso de planificación.
Pueden constituirse como socios colaboradores de CIDEU, aquellas personas privadas, físicas o jurídicas, que así lo deseen, previa la correspondiente solicitud y a criterio del Consejo Rector. Estos socios pueden realizar aportaciones económicas o de otra índole que puedan contribuir al mejor desarrollo de los objetivos de la Asociación.
Pueden ser socios colaboradores de CIDEU, las empresas, cámaras de comercio, universidades, organizaciones sindicales y empresariales, entidades de estudio y prospectiva, y en general, las entidades públicas y privadas que tienen vinculación con el mundo de la planificación estratégica urbana, y de una ciudad en particular.
¿Qué ofrece CIDEU?
Beneficios de formar parte de CIDEU
¿Cómo asociarse?
Para incorporarse a CIDEU es preciso que la municipalidad o institución interesada lo solicite mediante el correo electrónico a secretaria@cideu.org y lo ratifique posteriormente por escrito con la firma del Alcalde o del Presidente de la institución solicitante.
La carta de adhesión debe dirigirse a:Sr. Xavier TRIAS. Alcalde de Barcelona (España) o Sra. Maravillas ROJO. Secretaria General de CIDEU
Passeig de Sant Joan, 75, 2a. planta
08009 Barcelona, España
Modelo carta de solicitud
¿Cómo puede calcular la cuota anual?
Miembros de pleno derecho. La cuota de los socios ordinarios se calcula teniendo en cuenta la población de la ciudad y el PNB per cápita de cada país, en un abanico que abarca de 1.500 a 6.000 dólares. La Secretaría General puede facilitar el cálculo pormenorizado para cada caso particular.
Socios colaboradores. Las entidades colaboradoras contribuirán con una cuota de 1.000, 3.000 o 6000 dólares, según sus características.


