Reglamento de Desarrollo Urbano, Fraccionamiento y Vivienda

"Estrategias y mecanismos de gestión y criterios unificados en materia de desarrollo urbano."

El propósito del Gobierno de la República es que las autoridades estatales y municipales cuenten con estrategias, mecanismos de gestión y criterios unificados en materia de desarrollo urbano, fraccionamiento y vivienda; que permita orientar el desarrollo territorial y urbano del país. Que a pesar de los esfuerzos realizados hasta el momento en materia de planeación, esta ciudad ha crecido en forma desordenada, sin planeación integral en todos sus sistemas –agua, drenaje, electrificación, comunicaciones, servicios urbanos y demás-; y esto ha provocado la expansión descontrolada de la mancha urbana, restándoles competitividad y sustentabilidad, pero peor aún, le ha provocado desarticulación. Que se señala en las nuevas políticas del Gobierno de la República que…“para frenar esta tendencia, los créditos y subsidios del Gobierno de la República serán reorientados al fomento del crecimiento urbano ordenado. El financiamiento público contribuirá a elevar la calidad de vida dentro de las ciudades, promoviendo el rescate de espacios urbanos, la redensificación, así como la construcción de viviendas verticales y desarrollos certificados”…Que para llevar a cabo, con sentido social, la obra de urbanización y construcción dentro del territorio de nuestro municipio, satisfaciendo urgentes necesidades y realizando fines de evidente utilidad pública, conviene crear un instrumento reglamentario que sustente las acciones con que el H. Ayuntamiento de Veracruz llevará a cabo para alcanzar estos fines.

 

Es por esto que el H. Ayuntamiento de Veracruz, publica un instrumento que genere certeza absoluta y transparencia para todos los actores involucrados en el desarrollo urbano –desarrolladores, propietarios del suelo y ciudadanos-, a través de reglas claras, políticas congruentes y acciones focalizadas; fortalece y ratifica las facultades que le son conferidos en el artículo 115 Constitucional y en la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

 

Instrumento donde se señalan no solo las obligaciones particulares de los involucrados en el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano, sino los procedimientos específicos para llevar a cabo estas acciones.

Aportación estratégica

Instrumento Normativo derivado de la Ley 241 de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Instrumento que señalan los mecanismos que nos alinean a las Políticas Nacionales con la SEDATU, SEDESOL Estatal y demás organismos de control.
Establece las facultades y funciones de las Autoridades Municipales en materia de Desarrollo Urbano, Fraccionamiento y Vivienda, para que se genere certeza absoluta y transparencia para todos los actores involucrados en el desarrollo urbano –desarrolladores, propietarios del suelo y ciudadanos-, a través de reglas claras, políticas congruentes y acciones focalizadas.
Instrumenta los mecanismos que coadyuvarán a dotar de calidad de vida dentro de las ciudades, nuestra intención es entregar vivienda municipalizada a los beneficiarios para evitar los problemas de recepcionar fraccionamientos con infraestructura tan viejas y obsoletas que más que un beneficio en su recepción sean una carga para el ayuntamiento.
Además, promueve el rescate de espacios urbanos, la redensificación (ocupación de los lotes baldíos al interior de la mancha urbana), la construcción de viviendas verticales y desarrollos certificados.

Ubicación Veracruz
Documentos
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